La única institución vernacular que representa los derechos y fueros vecinales es el Cabildo. Institución que nos revela cómo opera la aplicación del Derecho Indiano en una región periférica y sus localidades rurales; y cómo el largo brazo de la Real Justicia de España está presente en lo más recóndito de sus territorios, siendo el Cabildo y la burocracia de la monarquía, actores relevantes en guardar el orden y la paz social, reforzada por la absoluta obediencia a los representantes del rey, en el ámbito local.
La administración de justicia fue aplicada por el Cabildo, a través del siglo XVIII, flexibilizando su comportamiento jurídico, basado en la dinastía y gobierno de los Habsburgos y asimilando las nuevas leyes del Despotismo Ilustrado de los ministros Borbones, sobre todo en el fiel cumplimiento de las Ordenanzas de Minería en una zona minera por excelencia, junto al control estricto del registro instaurado para los navíos que recalaban en los puertos de Coquimbo y Huasco.
El Cabildo fue capaz de integrar y asimilar a las nuevas generaciones para ejercer los variados cargos del municipio, conjuntamente con los forasteros que finalmente se radicaron en la ciudad y región. Ante las intenciones de los gobernadores y corregidores que trataron de limitar y subyugar la justicia comunal, lo único que lograron fue limitar, en 1729, esa potestad en alrededor de seis leguas a la redonda de la ciudad.
La casuística de los procesos judiciales quedaron registrados en los expedientes del Cabildo de La Serena y en ellos emergen las peticiones de los moradores, el rígido control del comercio marítimo en el puerto de Coquimbo, las transgresiones a la vida pública en las pulperías. El incumplimiento de las leyes sobre las dotes matrimoniales, el auge de la minería del oro y la aplicación de las Ordenanzas de Minería con las disputas violentas entre los dueños de minas y sus administradores. La cobranza de deudas en tiempos de crisis económica a los arrendatarios, el remate de los cargos concejiles para enfrentar los gastos de la guerra en Europa y la cobranza irrestricta de las medias annatas por la compra de los cargos concejiles y los de la administración real.
El valor de las viñas, con su producción de vinos y aguardientes para la minería y el tráfico hacia el sur y el Perú, hacen que la Corona demande a sus autoridades dar cuenta de la venta de los vinos y la producción ganadera de las haciendas de las temporalidades jesuitas ubicadas en el Valle de Elqui, pues los administradores corregidores las retrasan ante la Real Hacienda, ya que es un pingüe negocio para ellos.
Junto a las tendencias cíclicas de la economía y el crecimiento sostenido de la población, como asimismo la fisonomía geográfica e histórica del Corregimiento de Coquimbo, fundada en el carácter agro-minero de la región, apreciamos que la tranquilidad y el bienestar de los vecinos y moradores de la ciudad y su entorno, dependen de la acción de los alcaldes, agentes claves para tramitar las causas y establecer los procedimientos del sistema judicial español en la administración de justicia en las ciudades y sectores rurales.